fundamentos son compartidos por el Tribunal y a los que cabe remitir en razón de brevedad.
Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara formalmente procedente el recurso extraordinario, y se revoca la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios. Con costas. Notifígúese Y devuélvase.
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Recurso extraordinario interpuesto por la AFIP-DGI, representada por la Dra.
Nancy Edith Yaffe, con el patrocinio letrado de la Dra. Carmen Flavia La Valle.
Traslado contestado por: Servicios de Aguas de Misiones S.A., representada por el Dr. Esteban A. Laspina, con el patrocinio letrado de la Dra. Analía A.
Sánchez.
Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
Intervino con anterioridad: Tribunal Fiscal de la Nación.
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1501
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