le fue notificada. Y concluyeron que al haber expresado esos dos imputados la pretensión de que se aplicara la ley 2372, no cabía proseguir de acuerdo con la ley 23.984, desde que el artículo 12 de la ley 24.121 requiere que el ejercicio de esa opción sea unánime.
—I-
Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal dedujo recurso extraordinario (fs. 8/17) en el que la tachó de arbitraria por entender que cuenta con fundamentación sólo aparente.
En ese sentido, objetó la aplicación que se hizo en el sub lite del artículo 12 de la ley 24.121, por considerarla producto de una errónea interpretación de sus términos y de una defectuosa apreciación de las circunstancias de la causa.
Al respecto, dijo que aunque durante la vigencia del Código de Procedimientos en Materia Penal se iniciaron actuaciones con motivo de la desaparición y el posterior hallazgo del cuerpo —sin vida— de Dominga Á. S. Sin embargo, los autores del hecho no estaban en ese entonces identificados, y recién se formuló requerimiento fiscal de instrucción contra M. y demás imputados el 6 de octubre de 2003, con el actual código procesal vigente, de manera que no existía siquiera la necesidad de aplicar la norma transitoria del artículo 12 de la ley 24.121.
Por otra parte, agregó que entre esa imputación contra M. y la fecha del planteo por el que éste solicitó la aplicación del procedimiento previsto en la ley 2372, transcurrió un considerable lapso y se desarrolló un copioso trámite de acuerdo con las reglas del ordenamiento previsto en la ley 23.984, en el que participaron constantemente el imputado y su defensa, lo que significó una opción por ese último régimen procesal.
La denegación de esa apelación extraordinaria motivó la interposición de la presente queja (fs. 25/26).
— HI En cuanto a la procedencia formal del remedio federal deducido, entiendo que cabe equiparar el pronunciamiento apelado a una sen
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1308
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