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Fallos: 334:500 de la CSJN Argentina - Año: 2011

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de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que, previa verificación de las exigencias pertinentes, resuelva nuevamente la petición del actor.

Finalmente, la juez Ruiz, en disidencia, ordenó se le otorgue la licencia solicitada al actor, previa comprobación del cumplimiento de los recaudos legales con excepción de la evaluación de los antecedentes penales, por entender que los decretos 779/95, 331/94 y aun la ley 2148 conducían al mismo resultado "...instituyen una categoría de personas que están privadas del potencial ejercicio de derechos fundamentales, lo que es violatorio de los artículos 11 y 13 de la CCBA...." (fs. 299/303).

3) Que cabe señalar, que con posterioridad a la interposición del recurso de inconstitucionalidad, y antes de la decisión que aquí se impugna, el tribunal dio vista a las partes para que se pronuncien acerca de la ley 2148 (fs. 252).

En esa oportunidad, el actor planteó su inconstitucionalidad, en especial la de los artículos 3.2.14.c y 3.2.15, y de toda otra norma que pretenda convertirse en un obstáculo para el otorgamiento de una licencia de conducir profesional con fundamento en los antecedentes penales, tal como lo sostuvo desde su primera presentación. Todo ello por entender que se lo privaba en forma irrazonable de su derecho a trabajar, al crear una categoría sospechosa —personas con antecedentes penales— y apoyar la restricción en una inferencia de peligrosidad que representaría su persona para la seguridad pública, por el solo hecho de haber sido condenado penalmente con anterioridad ala solicitud de otorgamiento de la licencia. En tal sentido alegó que la presunción de peligrosidad es un criterio prohibido por la Constitución Nacional y los Tratados de Derechos Humanos por restringir derechos fundamentales, asimilándose a una sanción administrativa (fs. 256/269).

4") Que finalmente, contra la decisión del Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad antes señalada, el actor interpuso el recurso extraordinario (fs. 315/334) que fue concedido, por mayoría, en los términos de fs. 351/356.

El recurrente, una vez más, plantea la inconstitucionalidad de la reglamentación local para acceder a una licencia de conducir por resultar contraria a los derechos establecidos en la Constitución Nacional, en los términos referidos, en particular, el derecho a trabajar y de las cláusulas que prohíben el trato discriminatorio afectando los principios

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Año: 2011, CSJN Fallos: 334:500 
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