FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 1° de noviembre de 2011.
Vistos los autos: "Gus Mig SRL (TF 15.806-1) c/ DGI".
Considerando:
1) Que la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación que había dejado sin efecto las resoluciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos por las que se determinó de oficio la obligación fiscal de la actora frente al impuesto a las ganancias por el período fiscal 1995 y al impuesto al valor agregado por los períodos comprendidos entre enero de 1995 y febrero de 1996, se liquidaron intereses y se aplicó multa con sustento en el art. 45 dela ley 11.683 respecto del tributo citado en último término (fs. 796/797 vta.).
Contra tal sentencia el organismo recaudador dedujo recurso ordinario de apelación (fs. 800/800 vta.), que fue concedido a fs. 805. El memorial de agravios obra a fs. 811/820 y su contestación a fs. 823/831.
2) Que el recurso ordinario resulta formalmente admisible en tanto se dirige contra una sentencia definitiva, en una causa en que la Nación es parte, y el valor disputado en último término, sin sus accesorios, supera el mínimo establecido por el art. 24, inc. 6, ap. a, del decreto-ley 1285/58 y la resolución 1360/91 de esta Corte.
3") Que para decidir en el sentido indicado, el Tribunal Fiscal consideró que el organismo recaudador no había justificado la procedencia del método de estimación de oficio sobre base presunta, al que puede ocurrir sólo supletoriamente, en los casos en que no cuente con elementos que permitan realizar la determinación sobre base cierta. Al respecto puntualizó que en los actos impugnados no fue mencionada la existencia del presupuesto al que está subordinada la posibilidad de utilización del mecanismo presuntivo.
Por su parte la cámara coincidió con el criterio del tribunal administrativo, y entendió que los agravios expuestos por la AFIP ante esa alzada no lograban desvirtuar las conclusiones de aquel tribunal en torno ala falta de motivación en el uso del mecanismo de determinación utilizado por el Fisco. Al respecto puso de relieve que el peritaje contable
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Año: 2011, CSJN Fallos: 334:1194
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