Gas del Sur S.A. c/ Río Negro, Provincia de s/ acción declarativa", E.492.
XXXVII "Esso, Petrolera Argentina S.R.L. c/ Entre Ríos, Provincia de y otro s/ acción declarativa", E.587.XXXVIII "Esso Petrolera Argentina S.R.L. c/ Tucumán, Provincia de s/ acción declarativa", E.240.XXXVI "Esso S.A.P.A. c/ Santiago del Estero, Provincia de s/ acción declarativa de certeza", votos en disidencia de los jueces Lorenzetti, Maqueda y Zaffaroni, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad.
Por ello, y de conformidad con lo dictaminado a fs. 632 por la señora Procuradora Fiscal, se resuelve: 1. Hacer lugar a la demanda seguida por Petrolera Santa Fe —actualmente absorbida por Petrobras Energía S.A.—,en su calidad de sucesora de Home Oil International (Argentina) S.A., contra la Provincia de Mendoza y declarar la improcedencia de la pretensión fiscal de la demandada con relación a la carta oferta objeto del litigio. II. Distribuir las costas del proceso en el orden causado artículo 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). III. Imponer en el orden causado las costas relativas a la intervención del Estado Nacional (artículo 1° del decreto 1204/01). Notifíquese y comuníquese al señor Procurador General de la Nación.
RICARDO Luis LORENZETTI — JUAN CARLOS MAQUEDA.
Nombre del actor: Petrolera Santa Fe SRL -actualmente Petrobras Energía S.A.-, representada por el Dr. Justo Federico Norman y patrocinada por la Dra.
Felicitas María Argiiello, representada por la Dra. Laura B. Marinovich y patrocinada por Nicolás M. Mordeglia.
Demandada: Provincia de Mendoza, representada por el Dr. César Antonio Mosso Giannini y por el Fiscal de Estado Dr. Pedro Jaime J. Sin.
Tercero: Estado Nacional -Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios, representado por la Dra. Analía Eva Vaqueiro y patrocinado por el Dr. Alberto Daniel García.
PROVINCIA pr SAN LUIS c/ ESTADO NACIONAL
ACCION DE AMPARO.
Corresponde rechazar in limine la acción de amparo promovida por la Provincia de San Luis contra el Estado Nacional a fin de hacer cesar en forma inmediata
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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:373
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