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Fallos: 333:264 de la CSJN Argentina - Año: 2010

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Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia N" 4 del Mar de Plata.


RAUL ORIAS c/ UNIVERSIDAD NACIONAL p£ RIO CUARTO
PROFESOR UNIVERSITARIO.
Corresponde descalificar la sentencia en cuanto hizo lugar al resarcimiento del lucro cesante y daño moral fundado en la decisión de las autoridades universitarias de no renovar al demandante su designación interina como profesor si las disposiciones estatutarias aplicables otorgan a la universidad, en materia de interinatos docentes, suficientes facultades para ponderar si median o no razones de oportunidad y conveniencia para la renovación de los mismos al vencimiento del plazo previsto, por lo cual las designaciones interinas son decisiones con alcance temporal limitado y no pueden generar derechos que impliquen la ultraactividad de las mismas o la permanencia en el cargo, que excedan de lo estrictamente reconocido por tales nombramientos.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—I-

A fs. 1059/1085 de los autos principales (a los que corresponderán las siguientes citas), la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba Sala B) revocó la sentencia de primera instancia en cuanto rechazó el rubro lucro cesante solicitado por el actor, por considerar que sobre él se había operado la prescripción y la modificó, elevando el quantum en cuanto a los rubros pérdida de chance y daño moral.

Para así decidir consideró, en primer término, que el actor inició demanda por los daños y perjuicios que le había producido el obrar ilícito de los funcionarios públicos de la Universidad Nacional de Río Cuarto (en adelante UNRC) y que denunció como hecho generador las

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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:264 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-333/pagina-264

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