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Fallos: 332:952 de la CSJN Argentina - Año: 2009

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Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento. Notifíquese y remítase.


ELENA I. HIGHTON DE NoLASCO — CARLOS S. FAYT — ENRIQUE SANTIAGO
PETRACCHI — JUAN CARLOS MAQUEDA — E. RAÚL ZAFFARONI (en disidencia)— CARMEN M. ARGIBAY.


DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI
Considerando:

Que las cuestiones planteadas han sido correctamente examinadas en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos fundamentos son compartidos por el Tribunal, y a los que corresponde remitirse por razones de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Con costas. Notifíquese y devuélvase.


E. RAÚL ZAFFARONI.
Interpone el recurso extraordinario: Fisco Nacional (Dirección General de Aduanas), representado por el doctor Héctor Ariel Brandi.

Contestó el recurso: Oblak Hnos., representada por Omar Burgos, con el patrocinio letrado del doctor Jorge E. Rodríguez Larreta.

Tribunal de origen: Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Intervino con anterioridad: Tribunal Fiscal de la Nación.


SAN ANDRES GOLF CLUB S.A. c/ DGI

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
La conclusión de considerar incluida en la previsión legal de "juegos" —art. 3", inc. 4, punto 19, de la ley 23.349 y sus modif a la entidad recurrente dedicada

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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:952 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-332/pagina-952

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