DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte: 
—I-
Afs. 107/116,1a Cámara Nacional Electoral revocó el fallo de la anterior instancia que no había hecho lugar a la petición de la Sra. Araceli Ferreyra y ordenó producir el corrimiento de postulantes de la lista oficializada por el Partido Nuevo del distrito Corrientes, desplazando al señor Raúl Romero Feris como candidato a Senador Nacional.
Para así decidir, sostuvo previamente que: a) no era abstracta la cuestión debatida a pesar de que el acto electoral para el cual fue oficializada la candidatura a senador ya se había llevado a cabo y b) que el examen del tribunal quedaba circunscripto a verificar si el hecho de que el señor Romero Feris hubiera sido condenado penalmente constituía un obstáculo a la oficialización de su candidatura.
En ese marco, expresó que para admitirse una candidatura a senador nacional se necesitan dos clases de requisitos, uno de carácter general, el de idoneidad —expresado en el art. 16 de la Constitución Nacional y comprensivo de la idoneidad moral y los de carácter particular del art. 55 de la citada Ley Fundamental.
Sobre esa base, expresó que, toda vez que sobre el candidato pesaban dos sentencias condenatorias dictadas por juez competente en juicios tramitados con las garantías del debido proceso legal, el señor Raúl Romero Feris no reunía la condición de idoneidad moral y se encontraba inhabilitado para acceder a cargos públicos. Ello era así, a criterio del tribunal, a pesar de advertir que las sentencias condenatorias no habían adquirido firmeza y, por tal motivo, el candidato gozaba de presunción de inocencia.
—I-
Disconformes, el Senador electo Raúl Romero Feris y el apoderado del Partido Nuevo del distrito Corrientes, dedujeron los recursos extraordinarios que obran a fs. 125/133 y 134/142, respectivamente,
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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:1191 
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