331 tución de Filadelfia (Enmiendas V y XIV) y se infiere en la frase de la Suprema Corte de los Estados Unidos: his day in Court" (conf. Willougbhy, Westel W., The Constitutional Law of the United States", Bakes, Voorhis and Company, New York, 1929, vol. 3, párr. 1122, pág. 1709) Fallos: 316:972 , voto del juez Fayt, cons. 19 [p. 1004]. En igual sentido, v. las disidencias de los jueces Belluscio [cons. 11, segundo párrafo, p.
1010] y Petracchi [cons. 9", p. 1017)).
Por otra parte, a mayor abundamiento cabe señalar que así como se debe preservar la transparencia de los comicios y su genuino resultado para no defraudar a la sociedad —principio por el cual siempre se debe velar y en cuyo cumplimiento deben estar comprometidos todos los actores del proceso electoral e incluso el sistema judicial—, también se debe asegurar que los justiciables puedan hacer uso pleno de su derecho de defensa, aun en procesos que, como el que ahora se examina, presentan características peculiares.
Concluyo, entonces, que la sentencia recurrida pone de manifiesto que media relación directa einmediata entre lo decidido y las garantías constitucionales invocadas (art. 15 de la ley 48) y que, sin necesidad de estudiar los demás agravios, es procedente su descalificación.
—V-
Por ello, considero que es admisible el recurso extraordinario de fs. 69/80 y que corresponde revocar la sentencia apelada. Buenos Aires, 28 febrero de 2008. Esteban Righi.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de abril de 2008.
Vistos los autos: "Mendoza, Mario Raúl s/ nulidad de mesas — Frente por la Paz y la Justicia".
Considerando:
19) Que el apoderado del "Frente Jujeño" interpuso recurso extraordinario federal contra las sentencias nros. 3963/07, 3965/07 y 3966/07
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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:874
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