APODERADOS y ELECTORES DE 14 ALIANZA FRENTE oe 14 ESPERANZA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Medidas precautorias. Procede el recurso extraordinario contra una decisión referente a medidas cautelares, si puede producir un agravio insusceptible de ulterior reparación, al incidir de manera decisiva en el funcionamiento de las instituciones locales que componen el mecanismo electoral.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos locales en general, Es admisible el recurso extraordinario respecto de cuestiones vinculadas con la interpretación de normas de derecho público local, cuando las eventuales deficiencias que pueda presentar el pronunciamiento comprometen la vigencia del sistema establecido en la Constitución Nacional.
DIVISION DE LOS PODERES.
Enlas causas en que se impugnen actos cumplidos por otros poderes, en el ámbito de las facultades que les son privativas, la función jurisdiccional no alcanza al modo del ejercicio de tales atribuciones.
DIVISION DE LOS PODERES.
Esinherente ala función del tribun.l ante el cual fue planteada una controversia referente al ejercicio de facultades privativas de otros poderes, interpretar las — normas que las confieren para determinar su alcance, sin que tal tema constituya una "cuestión política" inmune al ejercicio de la jurisdicción.
DIVISION DE LOS PODERES.
Decidir si un asunto ha sido, en alguna medida, conferido a otro poder del Estado, .
o si la acción de ese poder excede las facultades que le han sido otorgadas, es en sí mismo un delicado ejercicio de interpretación constitucional, y una responsabilidad de la Corte como último intérprete de la Constitución.
DIVISION DE LOS PODERES.
Conforme a lo preceptuado por la ley 4592 de Corrientes, el Colegio Electoral actuó excediendo sus facultades al formular la intimación a electores a compa
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:972
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