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Fallos: 331:2566 de la CSJN Argentina - Año: 2008

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sí sola las causas que de ella surjan al fuero federal, considero que la causa debe continuar su trámite ante los órganos judiciales locales, pues todos los jueces, de cualquier jerarquía y fuero, pueden y deben interpretar y aplicar la Constitución y las leyes de la Nación en las causas cuyo conocimiento les corresponda, sin perjuicio de que las cuestiones de índole federal que también puedan comprender esos pleitos sean susceptibles de adecuada tutela por la vía del recurso extraordinario regulado por el art. 14 de la ley 48.

Por último, es necesario señalar que estas circunstancias tornan inaplicable al sub lite el precedente de Fallos: 328:3340 .

—V-

Opino, pues, que corresponde confirmar la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso extraordinario. Buenos Aires, 17 de junio de 2008. Laura M. Monti.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 18 de noviembre de 2008.

Vistos los autos: "Carrefour Argentina S.A. c/ Municipalidad de Rosario s/ acción mere declarativa".

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal a los que cabe remitir por razones de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado, se hace lugar al recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Notifíquese y, oportunamente, remítase.


RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA LI. HIGHTON DE NoLAsco — CARLOS

S. FAYr — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLOS MAQUEDA — E.
RAÚL ZAFFARONI — CARMEN M. ARGIBAY (según su voto).

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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:2566 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-331/pagina-2566

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