DISIDENCIA DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES
DON JUAN CARLOS MAQUEDA Y DON E. RAÚL ZAFFARONI
Considerando:
Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos términos se dan por reproducidos en razón de brevedad.
Por ello, de conformidad con lo allí dictaminado, se declaran formalmente admisibles los recursos extraordinarios y se confirma la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios. Con costas. Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.
JUAN CARLOS MAQUEDA — E. RAÚL ZAFFARONI.
Interpuso recurso extraordinario: 1.- Los pescadores artesanales de la localidad de Bahía San Blas, representados por el Dr. Gustavo Rufino Alonso. 2.- La Provincia de Buenos Aires, representada por el Dr. José Luis Centurión (apoderado). 3.- Los pescadores artesanales de la localidad de Ingeniero White, representados por el Dr. Víctor Benamo (apoderado).
Contestación de los recursos extraordinarios: 1.- Por la Dra. María Cristina Manghera de Marra - Fiscal General, 2.- por los actores representados por el Dr.
Guillermo Marchesi (apoderado) y con el patrocinio del Dr. José Alberto Esaín y del Dr. Andrés M. Nápoli.
Tribunal Superior de la causa: Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Sala II.
Juzgado que intervino con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia N" 2 de Bahía Blanca - Provincia de Buenos Aires.
JOSE ALBERTO SOLDEVILA c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS
SOCIALES rara JUBILADOS y PENSIONADOS
CONSOLIDACION DE DEUDAS.
Cabe dejar sin efecto la sentencia que admitió parcialmente la demanda promovida contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:2231
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