Voto DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON CARLOS S. FAYT Considerando:
1) Que la Sala A del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de La Rioja, al rechazar el recurso de casación deducido por el querellado, dejó firme el fallo de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial de La Rioja que, por considerar a Edgardo Martínez Vergara autor del delito de reproducción y publicación de injurias inferidas por otro (arts. 113, en función del 100, ambos del Código Penal), lo había condenado a la pena de tres meses de prisión en suspenso y al pago, junto con "Radio Difusora La Rioja", de la suma de veinte mil pesos en concepto de daño moral. Contra esta decisión, el señor Martínez Vergara dedujo la apelación federal que, denegada, dio lugar a la queja en examen.
27) Que esta causa se inició con motivo de la querella instaurada por Daniel Pedro López contra Jorge Edgardo Martínez Vergara y Radiodifusora La Rioja SRL en razón de que en la emisión de FM "Libertad", de fecha 7 de septiembre de 2001, el querellado había leído con tono emotivo una carta que estaba firmada por "un viejo loco", en la cual, después de denunciar a los interventores del canal 9 imputándoles la utilización del canal estatal como un trampolín político, se refería al querellante en los siguientes términos: "[v]olvieron los ñoquis. Aquellos que les pagó el sueldo el canal para estar en sus casas o en sus curritos durante años. El mal llamado profesor Daniel López, que todavía tiene la caradurez de volver y de pretender aplausos y condecoraciones...
mientras otros permanecían en el anonimato... Herrera que tuvo que dejar su lugar a estos "cuervos inútiles". En el escrito de querella se aludió a una carta que había difundido Martínez Vergara dos días después y a otras expresiones que el querellante calificó como una tarea de desprestigio hacia su persona; hechos éstos que a su juicio constituían el delito previsto en el art. 113 del Código Penal (fs. 22/26).
39) Que al contestar la acusación, el querellado Martínez Vergara negó las expresiones que se le atribuían y sostuvo que en su carácter de periodista y conductor del programa denominado "Nueva Epoca", que se difundía todas las mañanas por Radio Libertad, había leído una serie de misivas que llegaban a la emisora suscriptas por una persona que se hacía llamar "viejo loco" y en las cuales se formulaban críticas
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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:177
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