DEFENSA EN JUICIO.
El agravio relativo a que los actores no fueron oidos y que no tuvieron oportunidad de cuestionar los valores determinados por el juzgador, carece de sustento, toda vez que pudieron expresar lo que estimasen conveniente, tanto al interponer el recurso extraordinario, como al contestar el traslado conferido respecto de las leyes 25.789 y 25.820.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—I-
La Sala "F", de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, revocó el decisorio de Primera Instancia, y resolvió que, por aplicación del principio del esfuerzo compartido, la suma por la que la ejecución prospera y exceda el valor del dólar estadounidense —según su cotización en el mercado libre de cambios— de la paridad vigente a la hora de contratar (uno a uno), deberá ser absorbida por las partes en un 50 cada una (v. fs. 99/103).
Para así decidir, sostuvo, en lo sustancial, que el artículo 11 de la ley 25.561 ha sido derogado implícitamente por el artículo 17 del decreto 214/02, quedando claro, a partir del decreto, que éste se aplica a todas las obligaciones dinerarias de cualquier causa u origen, judiciales o extrajudiciales, de plazo pendiente o de plazo vencido, las que están en demora de pago y también las que están en mora.
Sentado lo expuesto, concluyó que deviene razonable y necesario instrumento para compatibilizar los intereses y valores antagónicos, distribuir las consecuencias de las transformaciones económicas producidas por las leyes en cuestión a través del principio del esfuerzo compartido al que aluden las mismas.
—I-
Contra este pronunciamiento, la parte actora interpuso el recurso extraordinario de fs. 106/108, que fue concedido a fs. 115.
Alega que el decreto 214/02 no puede tener efecto retroactivo, vulnerando un derecho adquirido, ni puede premiar al deudor moro
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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:1037
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