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Fallos: 330:618 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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616 NADA TD E Demanda interpuesta por Jesús Natividad Rodríguez, Natalia Inés Soria y por su hijo menor de edad.

Profesionales intervinientes: Dr. Duilio Oscar Carrizo Miranda, letrado patrocinante de la parte actora.


VIEIRA ARGENTINA S.A. v. PROVINCIA ver. CHUBUT
COSTAS: Desarrollo del juicio. Desistimiento.

El lapso de tres meses transcurrido entre la promulgación de la norma y el desistimiento fundado en el cambio de legislación, no puede ser examinado como una demora que generó un dispendio de actividad procesal costoso, extenso e inútil que exija imponer las costas del proceso a la parte actora, sobre la base de un actuar negligente que justifique poner a su cargo las erogaciones que en definitiva se reclaman.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 6 de marzo de 2007.

Autos y Vistos; Considerando:

19) Que a fs. 330 la actora desiste de la acción y del derecho con fundamento en la promulgación de la ley 5469 y solicita que las costas se impongan en el orden causado en virtud de lo dispuesto por el art. 73 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación . Corrido el traslado pertinente, la demandada se opone a este último pedido y a tal fin argumenta que la actora ha incurrido en una demora injustificada en denunciar el cambio de legislación, extremo que obsta a que se configure la hipótesis de exención a la que alude la citada norma en la parte final de su segundo párrafo.

2) Que por medio de la providencia firme de fs. 332 se homologó el desistimiento de la parte actora, por lo que nada cabe resolver al respecto (arts. 162 y 305, código citado).

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:618 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-618

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