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Fallos: 330:5430 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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y el 2/12/93, respectivamente; y Fallos: 327:1437 , voto de los jueces Fayt, Vázquez y Maqueda). Y ese límite no se ha traspasado en esta causa, ya que el sustrato fáctico permaneció inmutable y a sus circunstancias particulares se ciñó el debate. Tan es así, que la recurrenteinvoca de manera general la lesión al principio de congruencia, pero noespecifica en relación a qué elementos no tuvo oportunidad de ejercitar sus defensas.

Por lo que no estamos ante un caso donde se haya lesionado la intangibilidad de los hechos sometidos a la decisión judicial, sino ante puntos de vista diferentes sobre la adecuación en el tipo dela participación de la conducta de peculado que se atribuye a Romero Feris.

De esa manera, considero que, como en el punto anterior, no se encuentran afectados aquí los derechos y garantías federales. .

3. Se pidió la nulidad del juicio porque en él intervino la jueza Cintia Teresita Godoy Prats, cuyo padre, el ex juez Luis Angel Godoy Prats, había actuado en procesos que guar dan una conexión subjetiva con el presente; y se citó el artículo 52, inciso 11 ° del Código Procesal Penal de esa provincia que dice: "el juez deberá inhibirse de conocer en la causa", cuando "hubiere intervenido o interviniere algún pariente suyo dentro del segundo grado de consanguinidad".

El tribunal de casación consideró válida la intervención dela jueza Godoy Prats, ya que lo prohibido es "que en un mismo proceso intervengan dos magistrados que sean parientes dentro de los límites establecidos", es decir, que se haya "configurado un acto procesal jurisdiccional, dictado a favor o en contra de alguna delas partes". Y los recurrentes "no han demostrado que en estos autos o en otros conexos, uno u otro camarista, ligados por el lazo de consanguinidad, hayan concurrido a dictar disposiciones contradictorias o contrarias al acusado, que es el motivo exigido para que prospere esta causal de recusación.

Incluso reconocen que el apartamiento de la juez en otra causa obedeció a que en ella había una resolución anterior dictada por su padre, lo que no pasa en la presente. Ello sumado, a que se debe apreciar que ambos magistrados integran tribunales de juicio distintos, y ala explicación esclarecedora querealiza el a quo a fojas 1075, respecto del temprano alejamiento del camarista Godoy Prats en las causas del acusado Romero Feris, señalando que el ingreso de su hija, se produce distante en el tiempo y sin intervención preliminar de esta última".

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:5430 
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