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Fallos: 330:324 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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324 TALLOS DE LA CORTE SUPREMA 230 de aplicación de la normativa (art. 29) y se reglamenta también la acción de protección de datos personales (arts. 33 a 43).

Por su parte, la ley 25.065 reglamenta el contrato de tarjeta de crédito y las relaciones entre los usuarios y emisores. Dentro de este contexto, el art. 53 de la ley 25.065, al prohibir que los datos personales de usuarios de tarjetas de crédito sean cedidos a bases de datos de antecedentes financieros, tiene como finalidad evitar la identificación del deudor y las conocidas consecuencias negativas que genera la difusión de esa información a través de empresas de informes crediticios.

Si bien no surge en forma expresa del debate legislativo, es evidente que la norma impugnada procura evitar que el usuario de tarjeta de crédito —cuando no haya cancelado sus obligaciones, se encuentre en mora 0 en etapa de refinanciación— sea inmediatamente incluido en bases de datos, transformándolo en un "muerto civil".

A mayor abudamiento, se recuerda el caso "Whalen v. Roe" (429 U.S. 589) donde la Corte Suprema de Estados Unidos esbozó los elementos de un derecho constitucional sobre la privacidad de la información. El caso se refería a una ley del Estado de Nueva York que había creado un registro centralizado con los nombres y direcciones de todas las personas que obtenían ciertas drogas recetadas por médicos.

Alanalizar la regulación estatal —declarada válida en el caso—, la Corte Suprema consideró que esta recopilación de datos personales podía afectar dos intereses. Uno era el interés del individuo en evitar la revelación de asuntos personales; el otro, el interés en poder adoptar en forma independiente decisiones importantes (confr. Joel R. Reidenberg € Paul M. Schwartz, Data Privacy Law. A study of United States Data Protection, Michie, Virginia, 1996, pág. 76).

Hoy en día existen infinidad de registros que acumulan información personal tanto en poder del Estado como de los particulares. Así, es posible enumerar a modo de ejemplo, el registro de juicios universales (decreto 3003/56), el registro nacional de concursos y quiebras art. 296, ley 24.522), los registros de deudores alimentarios morosos ley 269 de la ciudad de Buenos Aires, y leyes provinciales concordantes), el registro nacional de reincidencia y estadística criminal ley 22.117), el registro de la propiedad inmueble (ley 17.801, y leyes provinciales concordantes), el registro nacional de las personas (ley 13.482), el registro de huellas digitales genéticas (resolución 415/2004 del Ministerio de Justicia) y los registros de informes crediticios como 7 Us +-MARZO-300,065 2 20/2/2007, 1755

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:324 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-324

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