SANTOS CACHAMBI v. INGENIO RIO GRANDE S.A.
CONSTITUCION NACIONAL: Control de constitucionalidad. Interés para impugnar la constitucionalidad.
El sometimiento deuna per sona a determinados preceptos de una ley noimplica, necesariamente, su inhabilidad para impugnar otros del mismo cuerpo legal salVo que, entre unos y otros, exista interdependencia.
RIESGOS DEL TRABAJO.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que —con fundamento en que el actor ya había percibido la indemnización de la ART- rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 39.1 LRT efectuado al demandar por incapacidad derivada de un accidente laboral, con base en el derecho civil, pues no se probó que lopercibido fuese en concepto de la indemnización por incapacidad permanente, que es la materia del litigio, sino en el de haberes "por accidente ley 24.557". 
RIESGOS DEL TRABAJO.
Es descalificable el pronunciamiento que omitió toda ponderación de las razones por las que la percepción de la reparación tarifada prevista en la LRT, abonada por la responsable legal de esa prestación, le impide reclamar por el reconocimiento de sus derechos constitucionales respecto del empleador y por las sumas que, a su juicio, resultan insatisfechas, omisión que adquiere mayor gravedad cuando setrata de prestaciones de carácter alimentario, que son adeudadas para asegurar la subsistencia del trabajador y de su familia cuando éste ha perdido, total o parcialmente, la capacidad para continuar procurándosela por sus propios medios, como consecuencia de un infortunio laboral (Voto dela Dra. Elena |. 
Highton de Nolasco).
—Del voto emitido en el precedente "Llosco", al que remitió el voto—.
RIESGOS DEL TRABAJO.
Corresponde dejar sin efecto el pronunciamiento que omitió efectuar un escrutinio estricto de la conducta del trabajador a efectos de determinar si, efectivamente, las circunstancias en cuyo mar coinvocó ciertos preceptos o ejerció ciertos derechos propios de ese régimen de la ley 24.557 —al cual, en principio, tenía la obligación de sujetarse autorizaban a considerar que actuó en forma incompatible con la posterior promoción de un reclamo judicial basado en la inconstitucionalidad de la norma que, dentro del mismo r égimen, exime de responsabilidad civil al empleador (art. 39, inc. 1) (Voto del Dr. Juan Carlos Maqueda). 
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:2685 
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