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Fallos: 330:2069 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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— 1 Así planteada la cuestión, creo oportuno señalar que el presente caso se rige por las disposiciones contenidas en el tratado celebrado con los Estados Unidos de Norteamérica (cfr. ley 25.126).

Sentado ello, y en lo que hace al primero de los agravios, queno es requisito convencional que la conducta delictiva deba tener una fijación temporo-espacial delimitada en un día, hora y domicilio específico, sino que es suficiente su ubicación en un lapso y en un lugar, atendiendo alas circunstancias particulares de cada caso (doctrina de Fallos: 324:1557 ).

De los recaudos enviados surge que el imputado es acusado de cometer defraudaciones en la compraventa de inmuebles en el sur del Estado de California, tomando créditos y usando identidades falsas, aproximadamente desde abril de 1999 hasta octubre de 2003.

De esta descripción puede advertir se que se cumplió con el deber de informar los hechos por los que se requiere la extradición y la supuesta participación que le corresponde al encausado en ellos, siguiendo así el criterio de V. E., conformeal cual alcanza con delimitar las circunstancias temporales y territoriales necesarias para que el requerido tenga certidumbre en cuanto a los hechos por los que se solicita su extrañamiento y respecto de los cuales habrá de ejercer su defensa en el proceso que se sigue en su contra en el Estado requirente (Fallos:

324:1557 ).

Por otra parte, la defensa alega que la documentación agregada al pedido de extrañamiento no satisface la exigida por el tratado.

A esterespecto, no coincido con su postura ya que se ha acompañado la declaración jurada del Asistente Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Central de California, en la que se informa sumariamente los antecedentes de la causa y las distintas etapas procesales por las que ha transitado (ver pedido de extradición, que obra en carpeta adjunta); la declaración jurada del Agente Especial del F.B.I.

a cargo de la investigación, quien reseña los hechos que dieron basea la posterior acusación y per secución de Lus (ver pedido, anexo 1); una fotografía de James Douglas Lus (anexo A); la acusación que pesa contra James Douglas Lus y otros formulada por el Gran Jurado del Dis

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:2069 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-2069

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