CAUSA LIII
Don Wenceslao York1, con los señores Toledo é hijos, por disolucion de sociedad; sobre declaratoria de pobreza Sumario.—No procede la declaratoria de pobreza, no justificándose esta y la imposibilidad de obtener recursos.
Caso. — Se esplica en el Falle de Juez Federat Corrientes, Octubre 22 de 1885.
Y vista la sumaria informacion producida por don Wenceslao Yorki, á objeto de ser declarado pobre de solemnidad para litigar con sus socios los señores Toledo, en el pleito sobre nulidad del contrato social que tiene celebrado para la compra de terrenos y plantacion de caña, viñas, etc., y sus incidentes, como sobre el que tiene que promover por daños y perjuicios
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Año: 1888, CSJN Fallos: 33:298
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