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Fallos: 329:857 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de marzo de 2006.

Autos y Vistos:

De conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal subrogante, se declara la incompetencia de esta Corte para entender en forma originaria en este juicio. Remítanse las actuaciones al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 6alosfines que corresponda.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — JUAN
CARLos MAQueDA — E. RAÚL ZAFFARONI — RICARDO Luis LORENZETTI.

ROBERTO NUÑEZ v. AGUAS ARGENTINAS S.A.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia. Causas regidas por normas federales.

Si el actor solicita, además de la declaración de inconstitucionalidad del art. 11.8 del Convenio de Privatizaciones de Obras Sanitarias de la Nación, el reajuste de la deuda que mantiene el inmueble de su propiedad en concepto de tasa retributiva derivada del servicio de aguas y cloacas brindado por Aguas Argentinas S.A., materia que se encuentra vinculada con aspectos que hacen alainterpretación y aplicación del régimen de tarifas vigentes, y con normas que regulan el contrato de concesión celebrado entreel Estado Nacional y la citada empresa, su conocimiento compete a los jueces en lo contenciosoadministrativo.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|-

Los magistrados integrantes de la Sala |I| de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, confirma

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:857 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-857

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