requirió nuevamente el cese de la cautelar y fundamentó su pedido acompañando copia de un oficio dirigido por el letrado dela parteactora al Ministerio de Economía dando cuenta —entreotros datos solicitados por dicho Ministerio para el cumplimiento de la medida cautelar— de que los bonos habían sido adquiridos con posterioridad a la cesación de pagos.
Frente a ello el magistrado ordenó (fs. 67) librar nuevo oficio al Ministerio de Economía consignándose los datos requeridos por esa dependencia. Además, como ya se indicó, en tal oficio —obrante a fs.
76-— se ordenó el pago del capital y renta, cuando la resolución decía solamente la renta.
El Estado planteó revocatoria de lo ordenado a fs. 67 y la parte actora adjuntó aquel oficio diligenciado y a su vez pidió nuevo oficio y aplicación de astreintes. El juez, dando una vez más, muestras de la evidente parcialidad que beneficiaba a los bonistas en detrimento del Estado, rechazó la revocatoria interpuesta por los demandados y el 3/6/05 resolvió aplicar astreintes de $ 500 diarios al Estado Nacional.
Asimismo, el 29/6/05 resol vió intimar a la Caja de Valores S.A. a que en el plazo de 24 horas deposite el dinero correspondiente en la cuenta de la actora.
35) Consecuentemente, era evidente el interés del magistrado en beneficiar ala parte actora, haciéndose eco de sus pedidos y arbitrando los medios que fueren necesarios para procurar el cobro de las acreencias que aquella pretendía, haciendo caso omiso de las sucesivas advertencias, peticiones y reclamos de la demandada, en claro detrimento de su función jurisdiccional y en flagrante violación de los derechos constitucional es—debido proceso, ser oído, de peticionar ante las autoridad, aun juez imparcial, igualdad ante la ley— que asistían a los demandados (arts. 16, 18 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional).
36) Y ya desde el inicio de la demanda en el caso "Borquez", el magistrado acusado dio muestras de su parcialidad, dando trámite a la misma sin poner énfasis ni adoptar los recaudos pertinentes frente al accionar del actor que pretendía acreditar la tenencia de títulos con una fotocopia de Saldos y Movimientos presuntamente emitido por la Caja de Valores S.A., sin haber constatado la veracidad de la información que contenía. Como se advirtió al evaluar la prueba documental, dicha copia carecía de valor a los fines de justificar la posesión de las tenencias invocadas.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6820
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