unaentrevista con el doctor Terán a quien le hicieron saber el contenidodela presentación que habían dejado en la mesa de entradas. Sobre ello manifestó que "lo que el doctor Terán ve primero, per dóneme, es el escrito que habían dejado en canasta porqueno estaba en letra el expediente, el escrito que presentan los abogados (...) Llevamos una copia detodo el expediente administrativo (...) yo le dije. Léalo bien' (...) lo queyolehagoleer al doctor es Fíjeselo que seva a pagar". Y el doctor dice'No, si yola cautelar la di sobre600.000 dólares y no sobre5 millonesdedólares". Y ahí, el doctor es cuando, evidentemente, toma lo nuestro como una denuncia (...) |ledije quesefijeen qué momento se adquirieron los bonos, es decir, y cuánto tenía que pagarse".
De igual modo la doctora Sara Inés Caporaletti, titular de la Secretaría Civil, manifestó que durantela entrevista que el magistrado mantuviera con las doctoras Eggink y Alercia "elas le denuncia[ron] al juez que acababan de presentar un escrito en donde constaba que posiblemente haya maniobras... irregularidades... maniobras fraudulentas o algo así (...) Ellas le hacían esta denuncia de que había, supuestamente, que había un ingreso enorme de dinero en esas cuentas ...) el juez ordenó que esos expedientes él los iba a estudiar personalmente cuando vuelva deviaje, y ordenó que se los ponga en caja fuerte.
Entonces, los pusimos en caja fuerte porque él tenía queviajar (...) me dijo que cuando él venga deviajelosiba a resolver". Interrogada acer ca de quién guardaba la llave de esa caja de seguridad la Secretaria dijo "e doctor tenía la llave, y como él seiba me dio una copia a mí y otra se quedó él (...) Yo salía [de feria] creo que dos días después, oun día odos días después". Por último, al ser preguntada por el modo en que el juez de feria a cargo del tribunal hubiera podido acceder ala causa, en virtud de que las dos personas que contaban con las llaves —el juez y la decdarante- no desempeñaban funciones durante el receso, la testigo manifestó desconocerlo.
Así también, el 6 dejuliode 2005 —inco días después de la presentación del doctor Jerez ante el doctor Terán— el abogado Daniel Alejandro Martín, en carácter de apoderado de Inés Borquez, concurrióal Ministerio de Economía de la Nación junto con una Escribana Pública y solicitótomar vista del expediente administrativo CUDAP EXP-S01:
0061777/2005, caratulado "Borquez | nés Yolanda c/ Estado Nacional s/ inconstitucionalidad". Del acta notarial labrada surge que el doctor Martín se presentóante la Dirección de Gestión y Control Judicial del organismo y expresó que "vienea intimar depagola medida cautelar notificada el 1 °/ 3/ 2005 en losautos mencionados, y dejar incurso en e
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6755
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