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Fallos: 329:6687 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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vez que compareció su superior jerárquico, Comisario Pirsic, no puede ser considerado como una irregularidad o como un intento de ocultar su participación en el procedimiento.

Finalmente, la falta de precintado del sector del cerro Gaucho donde fue encontrado el cadáver no puede ser tenida como una conducta merecedora de reproche en grado que justifique la remoción. La medida fue dispuesta en el ejercicio de las facultades que le asiste al juez como director del proceso; no se ha acreditado que la omisión descripta hubiera torcido el rumbo de la investigación penal, ni impedido el escarecimiento del hecho.

Cc) Con relación al soldado Luna, cabe consignar que no se ha probado que el juez haya incumplido lo previsto en el artículo 139 del CPPN. El ocultamiento por parte del nombrado Luna de su supuesta condición de analfabeto, sumado a que la declaración fue leída y firmada en presencia de tresfiscales, habiendo sido examinada por diferentes tribunales einstancias, así como por el querellante particular, sin merecer objeción alguna hasta esta acusación, hace que la imputación deba ser rechazada.

Tampoco pueden prosperar las imputaciones relacionadas con no haber investigado tanto las supuestas "presiones" que el citado Luna le manifestó al juez haber sufrido por parte del personal castrense, como el presunto ofrecimiento material que oficiales del Ejército le habrían efectuado al soldado Balmaceda para cambiar su declaración.

Sobre el primer punto no surgen elementos concretos que le hubieran podido demarcar una línea de investigación o que, en su caso, hubiera obligado al juez a extraer testimonios por la supuesta comisión de delitos.

Respecto del cuestionamiento por el presunto ofrecimiento material queoficiales del Ejército lehabrían realizado al soldado Balmaceda, cabe concluir que la imputación también debe ser descartada, pues, con independencia del exactoalcance de las afirmaciones del conscripto, las mismas carecen de entidad para ser consideradas en el contexto que la acusación le asigna.

d) Respecto a laimputación referida a la práctica dela autopsia en el hospital militar del cuartel, se ha valorado que era un lugar apto para conocer con rapidez las causas del deceso del soldado Carrasco,

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6687 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6687

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