RUBEN OMAR CARO
Y VISTOS:
En la ciudad de Buenos Aires a los quince días del mes de agosto del añodos mil seis, ser eúnen los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación, integrado por la Dres. Elena |.
Highton de Nolasco, Manuel Justo Baladrón, Enrique Pedro Basla, César A. Gioja, Manuel Alberto Jesús Moreira, Ramiro Domingo Puyol, Eduardo Alejandro Roca, Carlos Alberto Rossi y Guillermo Ernesto Sagués para dictar el fallo definitivo en este expediente N° 20 caratulado "Dr. Rubén Omar Caros/ pedido de enjuiciamiento".
Intervienen en el proceso, por la acusación, los señores representantes del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación Dres. Federico T. M. Storani, Diana B. Conti y Beinusz Szmukiler, el señor magistrado Dr. Rubén Omar Caro y sus defensores particulares Dres. Oscar Luis Vignale y Gabriela Inés Cervo y el señor defensor público oficial designado en los términos del art. 17 del Reglamento Procesal, Dr. Julián Horacio Langevin.
RESULTA:
|. Que por resolución N° 37/06, dictada en el expediente 75/99, "Pandolfi, Oscar Inaudi MarcdoCc/ titular Juzg. deZapala Dr. Rubén A. Caro" y sus acumulados, expedientes 105/00, "Remite presentación Paparatto Cecilia, s/ juicio político contra el Dr. Rubén A. Caro" y 200/01, "Canevaro, Pedro José C/ titular Juzgado Federal de Zapala Dr. Rubén Caro", el Consejo de la Magistratura acusó al titular del Juzgado Federal de Zapala, Dr. Rubén Omar Caro, por la causal de mal desempeño de sus funciones (arts. 53, 110 y 114 inciso 5° de la Constitución Nacional, y 7 inciso 7° de la ley 24.937 —t.o. por decreto 616/99), en razón de su actuación en la instrucción de la causa "Canevaro, Ignacio Rodrigo y otros, s/ homicidio y encubrimiento", conocida como "Carrasco |".
En la mencionada resolución se atribuye al magistrado haber actuado con "sumisión ala actividad desplegada por la inteligencia militar en el sumario deinstrucción". Considera la acusación que "numerosa prueba demuestra la presencia militar anticipando las estrategias de investigación, como en la egecución de actos procesales detras
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6639
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