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Fallos: 329:6466 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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expedientes. Se había firmado el decreto queordenaba pasar los autos a resolver y después de eso me llamó al escritorio, al despacho del juez, y medijo que quería mi presencia a las 6 dela tarde, que para las 6 de la tardeiba a tener todo resuelto". Posteriormente, la citada titular de la Secretaría Penal aclaró: "El doctor Rebechi me había manifestado antes de irme yo del juzgado, y al decirme la quiero esta tardea las seisdelatarde quedé lohabía estandoviendo el tema, y me dijo 'yo los voy a excarcdear'...".

Shcimanski también recuerda claramente aquélla orden de Rebechi: "Nos dijo que vengamos a la tarde porque a las seis de la tardeíbamos a notificar alas partes".

34) Asimismo, ambas testigos aseguraron haber visto —por la tarde-— un grupo de personas en las inmediaciones del tribunal. Mientras Zarza afirmó que vio "gente en la escalinata del juzgado" y que después se hizo el comentario de "que eran familiares de Ferrero", Shcimanski fue más allá: "Cuando llegamos al juzgado estaban todos los familiares de los detenidos en la puerta del juzgado. A nosotros nos llamó la atención también. ¿Cómo iban a saber que iban a salir en libertad? Bueno, se hicieron todos los trámites, seles dio la excarcelación y sefueron...".

Contrariamente alo que es habitual en cualquier juzgado, el doctor Rebechi confeccionó las resoluciones de excarcelación sin la colaboración del personal del tribunal. Ello también sorprendió a Shchimanski, quien refirió durante la audiencia que "Esas tres excarcelaciones las proyectó el doctor Rebechi. Casi siempre proyectábamos nosotros, pero en ese caso las proyectó las tres el doctor Rebechi..".

Cabe destacar, respecto de Ferrero que en la resolución se leimpuso una caución personal de cinco mil pesos ($ 5.000), para lo cual prestó fianza a favor del mismo su propio defensor, quien acreditó solvencia con la presentación de la cédula de identificación de su automotor Mercedes Benz C 200, emitida veinte días antes (el 15/7/2005).

Igual medida se adoptó para Toloza (domiciliado en Rosario), fijándose una caución personal de dos mil pesos ($ 2.000), siendo -llamativamente-— el recién liberado Ferrero (domiciliado en Morteros, Córdoba) quien prestó tal caución, demostrando su solvencia con la exhibición de la titularidad de un rodado Volkswagen Senda.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6466 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6466

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