en desmedro de otras produciendo un menoscabo intolerable en la administración dejusticia.
3) Corresponde, entonces, examinar las imputaciones que se formulan al Dr. Fariza la luz de tales precedentes a los efectos de determinar si configuran faltas susceptibles de ser alcanzadas por la causal de mal desempeño. Procede analizar en primer lugar aquellos expedientes en los que el principal reproche es la entrega irregular de aeronaves secuestradas y, luego, continuar con otras de distinta naturaleza.
A) Causas relacionadas con la entrega de aeronaves:
1) Causa N° 338/01 "Salaberry, Eugenio José s/ pta. Infracción ley 22.415":
Se imputan al magistrado: a) falta de resguardo, de contralor (aforo aduanero) y destino final de la mercadería secuestrada y b) retraso notorio en la resolución dela situación procesal del imputado Salaberry.
Ante un importante secuestro de cigarrillos de origen ilegal el Dr.
Fariz no habría cumplimentado las normas que hacen al cuidado de los objetos depositados y su aforo para cuantificar el montoilícitoaduanero, como tampoco cuidó preparar la documentación sobre el destino final de la mercadería, no pudiéndose conocer por ello si los objetos secuestrados se destruyeron o se encuentran en dependencias tribunalicias.
Se funda el cargo en que el Dr. Fariz devolvió la avioneta Cessna LV-HCCal señor Víctor Jaime sin haber escuchadoal titular registral inscripto señor Rodolfo Camilo Bowetti quien, posteriormente, sostuvola presunta utilización por el señor Jaime de un documento de identidad falso para dicha compra. De ese cargo, Jaime fue luego sobr eseído por el magistrado, quedó procesado, en cambio, como partícipe necesario de encubrimiento de contrabando junto con el piloto Eugenio José Salaberry. A pesar del procesamiento la aeronave no pudo ser recuperada pues había sido secuestrada, posteriormente a su devolución, en la República del Paraguay por estar vinculada con otro delito aduanero.
La acusación subraya que tanto en esa causa como en otras similares que tramitaron en el juzgado de Reconquista, el magistrado dispuso la entrega de avionetas de una manera "tan desprolija y rápida
Compartir
20Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6389
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6389
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 329 Volumen: 4 en el número: 1503 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos