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Fallos: 329:6370 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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raba un sentimiento de gratitud ode culpa, por lo que terminaba accediendo a lo que aquél le pedía (cfr. página de versión estenográfica de la audiencia de 10 de febrero de 2006 —-mañana-).

Al ser interrogada por la defensa para saber si había intentado aclarar los comentarios que circulaban en desmedro de su persona, la doctora Zarza respondió que ella no quería ahondar en ese tipo de temas y que muchas veces, cuando el doctor Farizledecía algodeuna persona y ella quería llamarla para dilucidar la cuestión, el juez le decía que nolo hiciera porque novalía la pena (cfr. versión estenográfica de la audiencia del 10 de febrero de 2006 —mañana>).

María Eugenia Zarza manifestó que cuando tomaba licencia por maternidad se sentía bastante culpable y el doctor Fariz muchas veces le decía: "bueno, el personal va a tener que venir mañana, tarde y noche a tratar de poner al día" razón por la cual le ofreció tomar la licencia pero indicando que resolvería en su casa los expedientes. Agregó quela circunstancia descripta legeneró roces con el personal, particularmente con la primera de sus licencias, en el año 2000 cuando aún era prosecretaria, porque se entendió que había procedido en la forma antes descripta con el fin de perjudicar a la doctora Almeida, quien también estaba gozando de licencia por maternidad y en modo alguno fue esa su intención (cfr. página 106 dela versión estenográfica mencionada).

11) Que Juan Ángel Acuña, personal de servicio desde que el juzgado comenzó a funcionar en 1997, consideró que el doctor Fariz al conocerlo bien advirtió que podía manipularlofrentea otros compañeros del tribunal, enfrentándolo con rumores contrarios a una persona determinada o que lo perjudicaran directamente a él. Así, sostuvo que hubo situaciones en la que el magistradole decía "Fulana detal vinoa decirme barbaridades de vos: te pido que esto quede entre nosotros, no ledigasnada a ella quepor favor quede entrenosotros y hacédecuenta que no pasa nada entreustedes dos y no selo cuentes que esto dije yo" pero, tiempo más tarde descubrió que usaba idéntico procedimiento con la otra persona y expresaba: "Tal o cual cosa dijo Juan devos (lo cual no era cierto) pero que quede esto entre nosotros; no serviría de nada que haya divisiones entreustedes" (cfr. página 135 de la versión estenográfica de la audiencia del 10 de febrero de 2006 —-mañana-).

Concluyó que no obstante lo que el juez manifestaba, el objetivo que perseguía el doctor Fariz era que el personal se fragmentara.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6370 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6370

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