Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 329:6341 de la CSJN Argentina - Año: 2006

Anterior ... | Siguiente ...

Es cierto que en la organización judicial jerárquica, al igual que en cualquier otro tipo organizativo, uno de los pilares bási cos es que los que invisten cargos directivos deben estar capacitados para evaluar la labor desarrollada por los niveles inferiores, fijando pautas de conducta y actuando como estabilizadores hacia adentro del grupo ante las fuentes de tensiones internas.

Pero también lo es que esta compleja y ardua tarea para descomprimir el conflicto interno requiere de quien ejerce el liderazgo una actitud sensible para ir adecuando su conducta de acuerdo a las respuestas que se obtienen.

Sería conveniente para facilitar esta tarea que los que desempeñan funciones directivas en el ámbitojudicial cuenten en su formación con principios de psicología y sociología de las organizaciones, para reducir los parámetros de conflictividad.

La actitud de los responsables de los juzgados, en especial del fuero penal y la sintonía que logren no sólo con sus subordinados sino también con los demás órganos requirentes incluyendo a los familiares de los detenidos, son esenciales para el éxito de la gestión que llevan adelante en pos de un mejor servicio dejusticia.

3) Que establecidas estas pautas de orden general como marco referencial, cabe abocarse a la particular situación de conflicto que se vivió en la Secretaría Penal del tribunal a cargo del doctor Eduardo Luis María Fariz. Sobre ese aspecto, funcionarios y empleados del Juzgado Federal de Reconquista aludieron al clima de tensión existente, como el caso de Alicia Beatriz Gelcich (pág. 35, VE 10/2/06), Andrea Fun Marega (pág. 75 y 86, VE 10/2/06), Mariana Clarisa Shcimanski (pág. 6, 12 y 41 VE 10/2/06), Juan Ángel Acuña (pág. 135 y 136, VE 10/2/06) y Claudia Machado Schlie (pág. 115/118, VE 14/02/2006, coincidente con Maidana —pág. 68, VE 10/2/06).

Sin embargo es imprescindible destacar la necesidad de focalizar latotalidad delas especiales relaciones humanas que se generaban en las dependencias del juzgado, con el fin de evitar un estudio parcial de su situación interna que impida visualizar las concretas razones por las cuales se originaron los conflictos. Sobre este punto, es dable señalar queel clima de tensión se generó en el marco de una especial situación vivida por algunos agentes del tribunal con el juez y las relaciones que éste entablaba con esos dependientes.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

34

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6341 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6341

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 329 Volumen: 4 en el número: 1455 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos