Considera que el origen de las denuncias por el supuesto maltrato a empleados primer cargo, se debió a la intervención de la Unión de Empleados de la Justicia Nacional en el año 2003. Se pregunta "si lo acontecido con los empleados... fuetan gravecomo ahora sostienen y se llena la boca diciéndolo su "vocera en e Juzgado la Sra. Elba Fernández... ¿por qué motivo es que tuvieron que esperar desde 1997 hasta diciembre del 2003, para salir a denunciar a estemagistrado ...
en el Consejo de la Magistratura y en todos los medios de comunicación a su alcance".
En lo esencial señala que ningún empleado se quejó ante los dos camaristas de Resistencia que efectuaron una visita en el juzgado federal en octubre de 2004. Quelas "sucesivas falencias detectadas en la proyección de despachodiario..." efectuado por Elba Fernández, y los llamados de atención, así como las sanciones disciplinarias que debió imponerle, fueron confirmadas por la cámara de apelaciones. Que con motivo de que aquélla efectuó un interlineado en la providencia defs.
42 del expediente 72/03 "Andrade", el que no existía al momento de librarse las cédulas pertinentes, instruyó el sumario 2/2003 y pusoel hecho en conocimiento del fiscal federal, quien la denunció penalmente.
Con referencia a la Dra. Patricia Sellares, titular de la Secretaría penal desde 1997 hasta 2001, se manifiesta que el juez Fariz le impuso diez días de suspensión por las irregularidades detectadas en la tramitación de las causas, decisión que fue confirmada por el tribunal dealzada. Que renunció después de haber sido denunciada penalmente por el fiscal Dr. Cristóbal Ricardo Cavanagh por el supuesto delito de incumplimiento de los deber es de funcionario público y que tuvo otro proceso penal por la supuesta pérdida de efectos secuestrados.
Según expresa, la Dra. Claudia Machado "es una persona altamente sensibleque padece especial mente el conflicto armadoen e Juzgado y quetieneuna concepción quela lleva a salir en defensa dequien supone más débil y con esa misma franqueza sostiene que si en algo cambiara el suscripto, no tendría inconvenientes en seguir trabajando en el Juzgado conmigo".
Se afirma que el magistrado no presionó a Acosta, Mandagaran Matta y Pastore para desistir del propósito de aspirar a un ascenso en el juzgado del Dr. Fariz, sino que les expresó que "no era míoel problema, sino una situación que me excedía absolutamente en lo personal, ya queno sólo no podía cumplir con sus legítimos inter eses que tenían
Compartir
29Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6335
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6335
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 329 Volumen: 4 en el número: 1449 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos