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Fallos: 329:6329 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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Y VISTOS:
En la ciudad de Buenos Aires a los seis días del mes de marzo del año dos mil seis, se reúnen los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación, integrado por la Dra. Elena |.

Highton de Nolasco —presidente— y los Dres. Enrique Pedro Basla, Sergio Adrián Gallia, Manuel Justo Baladrón, Ramiro Domingo Puyol, Eduardo Alejandro Roca, Guillermo Ernesto Sagués, Aidée Vázquez Villar y José Luis Zavalía, para dictar el fallo definitivo en esta causa N° 17 -y su acumulada N° 19- caratulada "Doctor Eduardo LuisMaría Fariz s/ pedido de enjuiciamiento".

Intervienen en el proceso, por la acusación, los señores representantes del Consejo dela Magistratura del Poder Judicial dela Nación, Dres. Beinusz Szmukler y Luis Enrique Pereira Duarte, y por la defensa particular del señor juez doctor Eduardo Luis María Fariz los Dres. Oscar Luis Vignale y Pablo Miguel Jacoby y asimismo el señor defensor oficial designado en los términos del art. 17 del Reglamento Procesal, Dr. Claudio Martín Armando.

RESULTA:
|. Que por resolución N° 367/05, rectificada parcialmente por la N° 395/05 dictada en el expediente 379/03 "Piumato, Julio—Minella Carlos (U.E.J.N.) d/ Tit. de Juzg. Fed. de Reconquista. Dr. Fariz, E", y sus acumulados expedientes números 321/04 caratulado "Mazzuchini, DanteAriel c/ titular de Juzgado Federal de Reconquista Dr. Eduardo Fariz" y 322/04 "Sulgati, Anastasio Juan d/ titular de Juzgado Federal de Reconquista Dr. Eduardo Fariz", el Consejo de la Magistratura acusó al juez a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia de Reconquista, Provincia de Santa Fe, por la causal de mal desempeño de susfunciones (artículos 53, 110 y 114 inciso 5 dela Constitución Nacional y 7 inciso 7° de la ley N° 24.937 —t.o. por decreto N° 816/99), con relación a cinco hechos, que dieron origen al expediente N° 17 de este Jurado: maltrato a empleados; irregularidades en el trámite de diver sas causas; irregularidades en la confección de las listas de conjueces; irregularidades en el nombramiento de abogados defensores e irregularidad en la locación del inmueble, sede del juzgado federal.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6329 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6329

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