gatoria con el argumento de que las fechas ya estaban asignadas, en desconocimiento del artículo 73 del Código procesal Penal, (2) disponer medidas excesivas como el allanamiento, requisas personales y de automotores para la obtención de los celulares cuando resultaba más eficaz sdlicitar información alas empresas de telefonía celular móvil, y (3) el retraso entre la elevación de autos para sentencia y la resolución (de noviembre de 2003 a febrero de 2004).
—Causa N ° 608/02 caratulada "Rojas, Emilio Antonio y otros s/pta.
Inf. Ley 22.415": incumplimiento del plazo de la determinación pr ocesal de los encartados, vinculado ala oferta por parte del juez de profesionales patrocinantes.
—Causa N ° 330/01 caratulada "Sánchez, Ariel Gustavo, Giardini, Ernesto Heraldo y Chamorro Rodríguez, Blas Eduardo s/ pta. Inf.
Art.874 inc. d) ley 22.415": (1) falta de control sobre un bien (avioneta) entregado en depósito judicial y (2) falta de resguardo, contralor (aforo aduanero) y destino final de la mercadería secuestrada.
—Causa N° 213/03 caratulada "Legretin, María Silvia y otross/pta.
Infracción art. 194 C.P.": (1) disponer una medida excesiva como la identificación de losimputados que se encontraban en libertad cuando los procedimientos deidentificación se orientan para luego proceder a la detención, y (2) la notificación del inicio de la causa alas diferentes entidades representadas sin que existiera una mínima expresión de convicción suficiente para estimar la existencia de un hecho delictuoso.
—Causa N ° 149/00 caratulada "Massaro, Gladys Celmira s/ denuncia": no haberse apartado inmediatamente de la causa en razón a que de la denuncia efectuada en sede policial, de la declaración testimonial de la denunciante y otrotestigo, del requerimiento fiscal surgían como posibles imputadas las sociedades comerciales SADESA y
ARLEY.
—Causas N ° 301/02 caratulada "Zamar, Martín Alberto s/ su denuncia";N ° 301/02 caratulada "Zamar, Martín Albertos/su sdlicitud"; N° 455/02 caratulada "Mazzuchini, Dante Ariel s/ denuncia contra Zamar, Martín Alberto": (1) dilatar la resolución de la cuestión de fondo y (2) desviar la investigación a la cuestión patrimonial dela titularidad del equipamiento mientras que el hurto enrostrado refiere ala señal televisiva.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6332
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