remitirá. Hágase saber al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N ° 14.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — JUAN
CARLos MAQueDA — E. RAÚL ZAFFARONI — RICARDO Luis LORENZETTI —
CARMEN M. ARGIBAY.
NORA CRISTINA DIAZ
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento delas instituciones nacionales.
Correspondea la justicia nacional continuar con el trámitede las actuaciones si no puede descartarse, que la presentación de un documento público que contendría declaraciones presuntamente falsas —contrato de venta, cesión y transferencia de los derechos sobre el bien inmueble- respecto de la titularidad de esa propiedad, ante un juzgado nacional, por parte de la demandada y en marco de un proceso de desalojo, pudiere afectar el normal desenvolvimiento de ese organismo oel buen desempeño de sus empleados y así afectar la administración de justicia de la Nación.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
La presente contienda negativa de competencia trabada entre los titulares del Juzgado de Garantías N ° 3 del Departamento Judicial de Morón, Provincia de Buenos Aires, y del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N ° 11, seorigina en la causa en la que seinvestiga la denuncia efectuada por Emilia Dora Zorrilla, por el delito de estafa procesal .
Refirió queen el expediente "Zorrilla, Meroedesy otro c/ Castiglione, s/ desalojo por falta de pago", en trámite ante el Juzgado Nacional en
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:5683
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