— 1 1. Para efectuar un análisis sobre si fue afectado o no el principio de congruencia, resulta útil transcribir los actos persecutorios esenciales.
a) En las indagatorias de Jorge Oscar Sircovich (fojas 126 a 128), Mariano Daniel Sircovich (fojas 154 a 155) y EmilceStella Maris Tolosa fojas 201 a 202) se deja constancia de que se les hizo saber tanto el hecho imputado, como su calificación legal, una "infracción al artículo 173, inciso 11 del Código Penal".
Al ser indagado, se interroga a Jorge Sircovich sobre las siguientes cuestiones: la situación actual del inmueble que perteneciera ala Clínica Marini, su vinculación material y jurídica con el bien, la utilización que le dio en esos años, si pagó o no los impuestos y servicios, y si él tenía tal obligación. En ese acto, el actuario lee la declaración informativa prestada por Sircovich en la causa N° 33.353, que corre por cuerda (fojas 122 y vuelta) y el deponente la ratifica en su totalidad "deseando que forme parte integrante de esta declaración". En esa pieza, se leimputó de manera genérica el delito de tentativa de defraudación y se le preguntó si en los autos de subasta y quiebra, efectuó presentaciones, tendientes ala dilatación o demora de dichos procesos.
En la indagatoria de Mariano Sircovich, se inquirió sobrela situación jurídica y su vinculación con el predio de la Clínica Marini, los derechos que su padre tenía sobre ese inmueble, las actividades allí desplegadas, si durante la locación abonó los impuestos, tasas y contribuciones, así como las provisiones de agua, teléfono, luz y gas; si conocía de la promoción de juicios por falta de pago de esas obligaciones, o por roturas de caño, desprendimiento de material o problemas de humedad; y, por último, sobre si a través de la locación espuria pactada con su padre, y ante el no pago de los servicios, tornó incierto o litigioso y disminuido en su valor los derechos patrimoniales que sobr eel inmueble tenían los acreedores de la Clínica Marini. Luego se dalectura ala declaración informativa que prestara en la causa 33.353 fojas 34), a la que ratifica en su totalidad, y donde se le preguntó sobre el contrato de locación celebrado con su padre (fojas 34 y siguientes). Al serle ampliada la indagatoria fojas 190 y vuelta de esta causa sele pide que explique los motivos por los cuales no desalojó el inmueble de marras, luego de decretada la nulidad del contrato de
Compartir
131Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 2006, CSJN Fallos: 329:4637
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-4637
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 329 Volumen: 3 en el número: 1677 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos