declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado de Garantías N ° 3 dela Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, provincia homónima, al que seleremitirá.
Hágase saber al Juzgado Federal N ° 1 con asiento en la ciudad mencionada.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — JUAN
CARLos MAQueDA — E. RAÚL ZAFFARONI — RICARDO Luis LORENZETTI —
CARMEN M. ARGIBAY.
JULIA HERMINIA PEREZ ETCHEGOYEN
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención dela Corte Suprema.
La falta de incorporación al incidente de los instrumentos atinentes al caso no obsta ala resolución del conflicto, atento que aquéllos aparecen suficientemente referenciados en las piezas a él agregadas, y los jueces coinciden en las circunstancias fácticas que de ellas resultan.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar de delito.
Si el hecho a investigar ha tenido desarrollo en distintos lugares, la elección del juez competente debe hacerse de acuerdo a lo que resulte más conveniente desde el punto de vista de una eficaz investigación, mayor economía pr ocesal y defensa de los imputados.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar de delito.
Sin perjuiciodela calificación que en definitiva cor responda adoptar, se encuentra en mejores condiciones para llevar adelante la investigación la justicia del lugar donde se domicilia el denunciante, se habría constituido la hipoteca en su perjuicio y, además, tramita el resto de los juicios contra el imputado.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:1921
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