329 JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención dela Corte Suprema.
El pronunciamiento del juez de garantías respecto de la incompetencia de la justicia local luego del rechazo del juez federal, permiteala Corte Suprema ejercer las funciones que contempla el art. 24, inc. 7, del decreto ley 1285/58.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Inhibitoria: planteamiento y trámite.
Parala correcta traba de una contienda de competencia resulta necesario que el tribunal local que intervino primigeniamente en la cuestión -y nola agente fiscal— haya tenido oportunidad de insistir o desistir de la cuestión.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos contra el orden público, la seguridad dela Nación, los poderes públicos y el orden constitucional.
Es competente la justicia local para investigar el presunto delito de coacciones agravadas reiteradas si no se advierte que los hechos denunciados tengan entidad para afectar la seguridad pública -finalidad perseguida por las leyes 25.742, 25.760 y 25.886-.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
La presente contienda negativa de competencia suscitada entre el Juzgado de Garantías N° 3 y el Juzgado Federal N° 1, ambos de la ciudad de Mendoza, provincia homónima, serefierealacausainstruida por el presunto delito de coacciones agravadas reiteradas, imputado a los hermanos César Rubén y Matías Di Lorenzo Jorquera.
De las constancias del expediente surge que Carlos Eduardo Breppe, trabajó en la fábrica que tenía el padre de los nombrados —aparentemente de enlatado de tomates— quince años atrás, y que como consecuencia de su cierre, el denunciante continuó trabajando en eserubro por su cuenta. Así las cosas, tanto él como sus empleados comenzaron a recibir constantes amenazas por parte de los imputados, quienes presuntamente molestos por su crecimiento económico, les exigían dinero, amenazándolos con armas de fuego.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:1918
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