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Fallos: 329:1782 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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ciones espurias que se habrían sucedido en la tramitación del proceso .. sobretodola iniciación del mismo... alegó. Así, asentado en los principios querigen la sana crítica, apeló al contralor por la casación de la omisión del juez de considerar circunstancias de relieve para esa defensa, como serían las pruebas acumuladas que demostrarían la intención del ofendido de no iniciar la querella de calumnias contra su defendido (vgr. carta de la presunta víctima dirigida al diario "La Nación", ver fojas 134).

La cámara rechazó esa impugnación, tras considerar que la resolución atacada no cumplía con el requisito de sentencia definitiva, ni era equiparablea tal por su naturaleza y efectos, toda vez que no ponía fin al procedimiento, impedía su continuación, ni ocasionaba un perjuicio de imposible o insuficiente reparación ulterior.

2. Sustentada en la doctrina de la arbitrariedad y violación de las garantías de defensa en juicio y debido proceso, la vía del artículo 14 delaley 48 discurrió sobrela base de los siguientes agravios: a) Se fijó audiencia de debate sin permitirle al querellado ofrecer las pruebas que hacen a su derecho. Encontrórespaldo este planteo en que al promover esa parte excepción de falta de acción en la oportunidad del artículo 428 del Código Procesal Penal de la Nación, el plazo allí previsto debió quedar suspendido hasta que, una vez sustanciado el incidente, el proceso sea nuevamente instado por la querellante y notificada la defensa para presentar las pruebas del caso; b) El juicio fue iniciado sin las formalidades requeridas por la ley de rito, y por quienes no estaban legitimados para promoverlo, pues la acción privada no fue incoada por el propio ofendido sino por sus herederos, mucho tiempo después de ocurrir su fallecimiento; c) La acción penal se encuentra prescripta.

La casación dedaró inadmisible esa apelación con similares argumentosa los dados para rechazar el recurso directo interpuesto en esa instancia. Mediante esta queja, la defensa insiste en la persistencia de su gravamen y en la afectación de las garantías invocadas desde el inicio de la vía recursiva.

— 1 1. Cabe señalar, en primer término, que de la resolución obrantea fojas 650/651 de la causa principal surge que se dispuso declarar la

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:1782 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-1782

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