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Fallos: 329:1728 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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constitucional mismo y el derecho internacional de los derechos humanos directamente prohíben (Disidencia del Dr. E. Raúl Zaffaroni).

ACTOS ADMINISTRATIVOS.
En el derecho público no es válido el principio de que lo que no está prohibido está permitido, sino justamente todolo contrario: un ór gano no puede ejercer las facultades que no le están expresamente concedidas (Disidencia del Dr. E. Raúl Zaffaroni).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.

Si afin de determinar la aptitud necesaria para el desempeño de la función jurisdiccional se valora la situación económica financiera del aspirante —circunstanca no prevista expresamente- soslayando las condiciones intelectuales, profesionales y éticas de quien procura desempeñar esa función, además de lesionar la reserva del art. 19 constitucional, se configura un arbitrario caso de discriminación por razones de naturaleza económica (Disidencia del Dr. E. Raúl Zaffaroni).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.

Debe descartarse la más mínima posibilidad de que exista una clase de "habilidad económica-financiera" para poder aspirar y eventualmente ejercer determinados cargos públicos, pues de no ser así estaríamos negando una de las mayores obligaciones del Estado social de derecho como es la de procurar el desarrollo de la igualdad material, la igualdad de trato y la igualdad de oportunidades, implicando además un grave riesgo para la democracia, en especial, si se trata de apoyar sobre ella nada menos que el libre eidóneo ejercicio de la magistratura y la igualdad de oportunidades para acceder a ella como a cualquier otro cargo público (Disidencia del Dr. E. Raúl Zaffaroni).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.

Sostener que todos los habitantes son iguales antela ley constituye un principio valioso pero incompleto si esta igualdad no se efectiviza en el orden sociológico, por lo que es deber de la Corte la defensa de la Constitución y —en la medida de su jurisdicción la de aplicar los tratados internacionales a que el país está vinculado, lo contrario no sólo destierra la garantía de igualdad de la dimensión viviente, sino que también, activa la responsabilidad de la Nación frente a la comunidad internacional (Disidencia del Dr. E. Raúl Zaffaroni).

JUECES.
La condición de deudor no altera ni disminuye la aptitud del amparista para participar válidamente en ulteriores procedimientos de selección (Disidencia del Dr. E. Raúl Zaffaroni).

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:1728 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-1728

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