Fallos: 311:2502 ; 323:1440 -disidencia del juez Fayt— así como en las causas D.293.XXXIX. "Dubra, David Daniel y otro s/ causa N ° 348" Fallos: 327:3802 ) —voto del juez Fayt— y V.146.XXXIX. "Villaroel Rodríguez, Oscar Alejandro s/ homicidio culposo" —voto del juez Fayt-—, del 21 de septiembre de 2004, respectivamente.
Que una vez superada la cuestión relativa a la tempestividad del recurso, al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto el 20 de septiembre de 2005 por el Tribunal en la causa C.1757.XL. "Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa —causa N° 1681— (Fallos: 328:3399 ) (voto del juez Fayt), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad.
Por ello, se hace lugar ala queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. Acumúlese la queja al principal. Hágase saber y remítase.
CARLOS S. FAYT.
VoTo DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:
Que en lo que respecta a la oportuna inter posición del recurso extraordinario, corresponde remitir, en lo pertinente, a lo resuelto por esta Corte en la causa D.293.XXXIX. "Dubra, David Daniel y otro s/ causa N° 348" (Fallos: 327:3802 ), el 21 de septiembre de 2004.
Que una vez superada la cuestión relativa a la temporaneidad del recurso, se observa que al presente caso resultan aplicables, en lo pertinente, las consideraciones vertidas en la causa M.586.XL. "Merlo, Luis Benitos/p.s.a. homicidio— causa N ° 8/02", (voto del juez Zaffaroni), resuelta el 20 de diciembre de 2005 (Fallos: 328:4568 ), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.
Por ello, se hace lugar ala queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada en lo quefuera
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:153
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