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Fallos: 329:1164 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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19) Que la norma del art. 96 (actual art. 110) de la Constitución Nacional, tiene como fuente directa la llamada "cláusula de la compensación" establecida en el art. III, sección |, de la Constitución de los Estados Unidos, que en su párrafo final dispone: "Los jueces tanto de la Corte Suprema como de los tribunales inferiores conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta y recibirán por sus servicios, en los plazos fijados, una remuneración que no podrá ser disminuida, mientras permanezcan en sus funciones".

Luego de la sanción de la enmienda XVI que estableció que "El Congreso tendrá poder para crear y percibir contribuciones sobre las rentas de cualquier fuente que provengan, sin proporcionarlas entre los Estados y sin consideración a ningún censo o remuneración", se sancionó una ley del 24 de febrero de 1919, computando para el cobro de este impuesto todas las ganancias percibidas y rentas, incluyendo los salarios recibidos por los jueces federales.

Antela queja de un juez la cuestión llegó a la Suprema Corte Norteamericana en el antes citado caso "Walter Evans v. J. Rogers Gore" 1920) (253, U.S. 245,64 L. ed. 887), oportunidad en que dicho tribunal declaró por mayoría, que dicha ley es repugnante a la Constitución por atentar contra el principio dela división del gobierno en tres poderes y afectar la independencia del Poder Judicial. Se destacó que el propósito primordial de la prohibición de disminuir los sueldos, no es beneficiar a los jueces en forma personal, sino que, a semejanza de la cláusula dela inamovilidad, pretende asegurar la independencia de acción y juicio que es esencial para el mantenimiento de las garantías, limitaciones y principios de la Constitución y a la administración de justicia, sin que se tengan en cuenta las personas. Por ello, —se añadió- esa prohibición debe interpretarse no como un privilegio personal, sino como una limitación impuesta en interés público.

Esa doctrina se mantuvo en posteriores pronunciamientos como en el caso "Gillespie v. Oklahoma" (257 U.S. 501, 66, L. Ed. 338), y en el caso: "Miles Former Collector v. Graham" (1925) (268 U.S. 501, 66, L. Ed. 338). En este último se declaró que "aun cuando el nombramiento de un Juez se haya efectuado con posterioridad a la sanción de la Ley del Impuestoalarenta, esta circunstancia no autoriza a gravar el salario fijado por ley al cargo de Juez, pues éste no puede ser disminuidoen forma alguna". Poco después en los precedentes "O'Donoghue and Hitzv. U.S." (1933) (289. U.S. 516, 53 S. Ct. 740, 77 L. Ed 1356), y "Booth v. U.S." (1934) (291. U.S. 339) se confirmóesta doctrina, aña

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:1164 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-1164

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