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Fallos: 328:5617 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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Por otra parte, tampoco se han aportado elementos de prueba para imputar de modo directo al doctor Galeano la omisión de secuestrar un llavero y otros elementos de la firma allanada.

En razón de lo expuesto, el cargo examinado será rechazado.

N.2) Alberto Kanoor eEdul, escuchastelefónicas, allanamientos y demora en la realización de pericias caligráficas para identificar al autor deciertas anotaciones de su agenda.

4) Que se sostiene en la acusación que al secuestrarse la agenda personal del imputado Kanoore Edul aparecían el teléfono y la dirección del agregado cultural de la Embajada de Irán, Mohsen Rabbani, los de la mezquita chiíta "AL-TAHUID" y de personas relacionadas con el entonces presidente de la Nación, doctor Carlos Menem. Esos hechos y el llamadotelefónico que Edul lehabría efectuado al imputadoTelleldín días antes del atentado para presuntamente interiorizarse por el aviso de venta dela Traffic, requerían —según la acusación— "la necesidad deprofundizar lasinvestigaciones en torno a esta persona y alos datos de su agenda". Se afirma que "recién en el año 2001, luego de reiterados pedidos efectuados desde la Unidad de Investigaciones Especiales del atentado de la causa AMIA, e juez ordenó la pericia caligráfica sobre las agendas, cuyo resultado fue que las anotaciones efectivamente correspondían a Alberto Jacinto Kannore Edul".

También se sostiene que se intervino el teléfono de Kanoore Edul pero se dejó sin efecto dicha medida el mismo día en que se produjeron los allanamientos de sus domicilios y su detención. Por último, se concluye que "no se explica por qué el juez Gal eano no agotó la investigación de lo que muchos siguen considerando la conexión con la pista internacional".

5°) Que en el escrito de defensa, con remisión alo manifestado por el magistrado ante el Consejo de la Magistratura en relación a no haber realizadola peritación caligráfica de la agenda per sonal de Kanoore Edul, se expresa que "e 17 defebrero de 2000, al momento de prestar declaración indagatoria ya había reconocido como suyos los trazos manuscritos por los cuales un año después sele estaba pidiendo al Sr.

Juez querealizara el estudio que, frenteal reconocimiento de su escritura por el propio imputado, no tenía mayor trascendencia para ser realizado".

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5617 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-5617

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