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Fallos: 328:5611 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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que los teléfonos de Ribelli siempre operaron en la zona de Quilmes y noen Villa Ballester. Se explicó que si la "celda" a la que pertenecía el celular se encontraba saturada, el sistema automáticamente trasladaba la comunicación a otra y por ello el teléfono aparecía en la celda de zona norte cuando en realidad se encontraba en la zona sur, desde donde se desviólallamada. La explicación del envío del segundo infor me ha sido dada por varios de los testigos que han prestado declaración en la causa.

2) Que la defensa del magistrado, con sustento en los descar gos formulados por el juez y lo declarado en la causa penal por empleados de la firma "Movicom" —en el sentido de lo dificultoso que resultaría alterar los registros de las llamadas—, descartó que esta empresa hubiera alterado de manera intencional la información remitida al juzgado.

Sostiene que la actuación del doctor Galeano resultó lógica en este punto pues dispuso la extracción de testimonios para que seinvestigarala posible comisión de delitos de acción pública como consecuencia de los informes contradictorios remitidos —radicados en el Juzgado Federal N° 11, causa N° 5602/99—. Agrega también que al momento de dictar el auto de procesamiento y prisión preventiva de Juan José Ribelli el juez no tuvo presente la información que a esa fecha había producido la empresa "Movicom". Al respecto destaca que cuando en la resolución aludida hace alusión ala intensidad con que operaron los celulares de Ribelli, estaba tratando precisamente lo ocurridoel 10 dejulio de 1994. Agrega que resulta falso sostener que en esa opor tunidad se ocultó información si se tiene en consideración que lo informado se encontraba debidamente agregado al expediente a fojas 38.578/89.

3) Que ante la Comisión de Acusación la doctora Marta Nercellas afirmó que el comisario "Carnaghi envióun oficioa la empresa Movicom como si fuera un oficio del Juzgado, es decir, mandó a pedir la información quehabía del entrecruzamiento telefónico, delos teléfonos móviles, de los policías bonaerenses, cual si éstefuera un requerimiento judicial. Él estaba haciendo un sumario administrativo, pero el problema es que ese informe, e informe que Movicom le contesta a Carnaghi, fueutilizado por la defensa de Ribelli en la causa judicial.

Esto eslo quehacemás irregular esteacto. Esto determinó quela policía bonaer ense separara de su cargo a Carnaghi" (conf. fojas 676/688).

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5611 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-5611

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