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Fallos: 328:5489 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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go del doctor Gabriel Cavallo. Allí, las declaraciones de Telleldín, Stinfaley Beraja sustentaron el dictado del sobreseimiento por inexistencia de delito respecto del magistrado acusado y su entonces secretario, el doctor De Gamas, sin queal respecto el doctor Galeano hubiera efectuado alguna manifestación.

A todo lo expresado se agrega lo declarado por ante este cuerpo el agente de inteligencia Antonio Horacio Stiusso, quien puso de resalto el carácter oculto que tenía el pago efectuado a instancias del doctor Galeano al imputado Telleldín, al indicar que "a mitad de 2002, en una entrevista con el Secretario de Inteligencia, queera Soria en aque momento, estuvo el doctor Soria, el doctor Galeano y yo, y le pidió al doctor Soria que parara e sumario porque los de Sala Patria le habían dicho al doctor Galeano que si seguían adelante con el sumario, iban a declarar del pago" (conf. versión estenográfica de la audiencia del 28 de junio de 2005).

El ocultamiento del doctor Galeano de la realización del pago a Telleldín también puede derivarse de los dichos del doctor León Carlos Arslanian, uno de los integrantes de la comisión de expertos que dictaminó sobre los avances de la investigación a pedido de las querellas, que puso de manifiesto su desconocimiento de la realización del pago cuando señaló que "me enterédela existencia (...) por los medios de comunicación y con posterioridad a que produj ésemos nuestro dictamen" (conf. fojas 2779/84).

26) Que el magistrado acusado, tanto en su defensa escrita como en el curso del debate oral, intentó justificar que los pagos efectuados al imputado Carlos Alberto Telleldín tenían carácter de secretos por laintervención de los agentes de la Secretaría de Inteligencia de Estadoen el aporte y entrega del dinero.

Con ello ha intentado rebatir que existiera ocultamiento y clandestinidad como asimismo que el pago resultara ilegítimo. Habríase tratado —según lo afirma el doctor Galeano- de un procedimiento enmarcado en el concepto de "secreto de estado", en cumplimiento de obligaciones asumidas por el Estado argentino frente a organismos internacionales.

Cuando se presentó ante la Comisión Bicameral encargada por el Congreso de la Nación del seguimiento de las causas instruidas a raíz de los atentados perpetrados contra la Embajada de Israel, y la sede

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5489 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-5489

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