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Fallos: 328:5249 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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Se ha afirmado que el juez debe poseer una aptitud psicofísica adecuada, pues la tarea de impartir justicia importa enfrentar cotidianamente gran cantidad de problemas que se traen a la decisión del juzgador; "...ello implica que éste debe estar preparado físicamente para soportar el desgaste que esto significa y asumir correctamente la contracción al trabajo y el esfuerzo requerido" (Almeida Germán y Aranda Rafael: "El requisitodela idoneidad para el nombramiento de los jueces a que alude la Constitución Provincial" en Semanario Jurídico, T. 68, Ed. Comercio y Justicia, Córdoba, 1993).

Por su parte, la ley 24.937 al referirse a la selección de los magistrados, ordena en su art. 13 inc. c) que la entrevista del aspirante con el plenario del Consejo de la Magistratura, tendrá por objeto evaluar su idoneidad, aptitud funcional y vocación democrática.

Se ha dicho que la conducta de un magistrado debe ser ejemplar Fallos: 305— 2:1932 ), por lo tanto, habrá de serlo también en materia delaboriosidad; en este aspecto debe erigir se en arquetipo de sus subalternos, ya que el liderazgo se sustenta en el ejemplo. Ello también implica que si las tareas propias del juzgado sufren circunstancias críticas, el magistrado debe —ante todo— intensificar su esfuerzo personal y su sentido de organización funcional de acuerdo a las exigencias del momento, sin perjuicio de los reclamos que pudieran formularse a otros órganos del Poder Judicial y del Estado en general.

Los Juzgados de Ejecución Penal nacieron con el nuevo Código Procesal Penal dela Nación (ley 23.984) para llenar una sentida necesidad dela sociedad de estos tiempos. La República Argentina, obligada por su propia Constitución y comprometida internacionalmente mediante los pertinentes pactos y convenciones a velar por el trato humanitario dado a las personas privadas de su libertad, colocó en cabeza del Poder Judicial la tarea de su control.

En tal sentido, el art. 493 del C.P.P.N. estableció como misión fundamental (entre otras) que el juez de ejecución tendrá competencia para controlar que se respeten las garantías constitucionales y tratados internacionales ratificados por la República Argentina en el trato otorgado a los condenados, presos y personas sometidas a medidas de seguridad. Desde su creación la labor judicial se conocía como ardua.

El hombre privado de su libertad por condena oel inimputable que sufresu encierro en un manicomio, son seres que conviven diariamen

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5249 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-5249

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