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Fallos: 328:3997 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia delos requisitos.

Las sentencias de la Corte Suprema han de ceñirse a las circunstancias dadas cuando se dictan, aunque sean sobrevinientes al recurso extraordinario.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia delos requisitos.

La subsistencia de los requisitos jurisdiccionales es comprobable de oficio y su desaparición importa la del poder de juzgar.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia delos requisitos.

La inexistencia de gravamen cuando de hecho ha desaparecido por falta de interés económico o jurídico, cancela la competencia extraordinaria de la Corte Suprema.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

El recurso extraordinario contra el pronunciamiento que desestimó los recursos extraordinarios de inconstitucionalidad y casación es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Voto de la Dra. Carmen M.

Argibay).


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|-

Contrala resolución dela Corte de Justicia de San Juan obrantea fs. 75/88, que desestimó los recursos extraordinarios de inconstitucionalidad y casación previstos en la ley provincial 2275, el destituido gobernador señor Alfredo Avelín, dedujo el recur so extraordinario federal (fs. 90/128) que, denegado, motiva la presente queja (fs. 150/178).

Sostiene no haber convalidado en ningún momento el proceso de juicio pdlítico incoado en su contra por que, a pesar de estar revestido de legalidad aparente, no garantizó su derecho de defensa ni debido proceso. Afirma queel juicio político fueun mero formalismo para producir su alejamiento del cargo al no haber renunciado como lo exigían ciertos sectores involucrados en un acuerdo político-gremial previo, que denuncia.

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3997 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-3997

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