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Fallos: 328:3896 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

La presente contienda negativa suscitada entre el Juzgado de Garantías N ° 3 del Departamento Judicial deL a Matanza, y el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 con asiento en Morón, ambos de la provincia de Buenos Aires, en la causa donde seinvestiga la denuncia formulada por Isabel María Rosa Casattañon.

Allí refiere que al fallecer su cónyuge, Miguel Angel Coronato, e iniciar lostrámites para obtener la pensión, advirtióquela firma "Impel Center SRL", para la que aquél trabajó hasta su fallecimiento, habría insertado datos falsos en las declaraciones juradas presentadas ante la AFIP.

Lajusticia local seinhibió para conocer en la causa por considerar que el hecho denunciado habría defraudado las rentas de la Nación fs. 11).

Por su parte, el magistrado federal luego de comprobar que la firma denunciada tiene su domiciliofiscal en esta ciudad, rechazó la competencia atribuida y devolvió el sumario al remitente (fs. 21), que mantuvo su criterio y dio por trabada la contienda (fs. 22, sin numerar).

En primer término, advierto que no existe en el caso una concreta contienda negativa de competencia —que presupone que los tribunales intervinientes sela atribuyan recíprocamente (Fallos: 324:2074 y 4005; 325:950 y 2111, entreotros)—en tantoel juez federal no asignó el conocimiento de este hecho a su par provincial, sino que fundamentó el rechazo de la suya manifestando que se habría cometido en otra jurisdicción.

Por ello, entiendo que aquél debió remitir las actuaciones al juzgado nacional que consideraba competente, para evitar demoras que afectan la buena administración de justicia, que supone la pronta terminación de los procesos, especialmente cuando se trata de materia penal (Fallos: 301:728 ; 306:1961 y 307:1739 ).

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3896 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-3896

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