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Fallos: 328:327 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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MARIO ARMANDO SANTANDER v Otros v. ANSES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta defundamentación suficiente.

Es arbitrario el pronunciamiento que hizo remisión a un antecedente que no es aplicable en forma directa al caso, sin haber efectuado un mínimo examen de sus antecedentes, solución que sólo satisface en for ma aparente la exigencia de constituir una derivación razonada de las normas vigentes con particular aplicación alas circunstancias de la causa.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta defundamentación suficiente.

El dictamen fiscal que integra la sentencia apelada— se pronunció únicamente acerca de la falta de viabilidad de la acción de amparo, pero sus fundamentos nada tienen que ver con la discusión del caso, centrada en el tope máximo de haberes dispuesto por el art. 9 , inc. 3, de la ley 24.463 y su aplicación por las resoluciones 431/99, 491/2000 y 991/2000 de la ANSes, por lo que la mera remisión a sus conclusiones resultaba insuficiente para confirmar la decisión de primera instancia que había declarado procedente la vía utilizada y rechazado la demanda sobre el fondo de la cuestión.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recur so. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.

Si frente al recurso concedido por la alzada, el a quo tenía jurisdicción para conocer respecto de los agravios relativos al tema sustancial que fue objeto de debate y decisión en la instancia de grado, el fallo que pr escindió de esos límites y omitió hacerse cargo de los argumentos de la apelación y de las diferencias fácticas y procesales que separaban el caso del precedente invocado, infringe el principio de congruencia que se sustenta en los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|-

Los integrantes de la Sala II| de la Cámara Federal de la Seguridad Social, por remisión al dictamen de la Fiscal General del Fuero, resolvieron rechazar el recurso interpuesto contra la sentencia del juez de grado, quien, si bien declaró procedente la acción de amparo deducida por los actores —beneficiarios del Sistema de Previsión Social de

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:327 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-327

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