SIMBOLOS PATRIOS.
Se puede distinguir el respeto a los símbolos patrios en un sentido pasivo y en un sentido activo, el primero se refiere a una actitud de abstención, desde que no requiere conducta positiva alguna por parte de quien profesa el respeto, ya que abarca el derecho al silencio 0a no expresarse; por el contrario, el segundo supone una participación activa del sujeto incluyendo conductas tales como cantar el himno, saludar ala bandera, entre otras (Disidencia de la Dra. Elena |. Highton de Nolasco).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Der echo de profesar su culto.
El art. 14 de la Constitución Nacional asegura a todos los habitantes de la Nación el derecho a profesar y practicar libremente su culto (Disidencia de la Dra.
Elena |. Highton de Nolasco).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Der echo de profesar su culto.
La libertad dereligión es particularmente valiosa y la humanidad la ha alcanzado merced a esfuerzos y tribulaciones, y forma parte del sistema pluralista que en materia de cultos adoptó nuestra Constitución Nacional (Disidencia dela Dra.
Elena |. Highton de Nolasco).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Der echo de profesar su culto.
La libertad religiosa incluyela posibilidad de ejer cer la llamada objeción de conciencia, entendida como el derecho a no cumplir una norma u orden dela autoridad que violente las convicciones íntimas de una persona, siempre que dicho incumplimiento no afecte significativamente los der echos de terceros ni otros aspectos del bien común (Disidencia de la Dra. Elena |. Highton de Nolasco).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Objeción deconciencia.
La libertad de conciencia, en su ejercicio, halla su límite en las exigencias razonables del justo orden público (Disidencia de la Dra. Elena |. Highton de Nolasco).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Objeción deconciencia.
Quien invoca la objeción de conciencia debe acreditar la sinceridad y seriedad de sus creencias (Disidencia de la Dra. Elena |. Highton de Nolasco).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Objeción deconciencia.
El derecho a la privacidad consagrado en el art. 19 de la Constitución Nacional es otrofundamento del derecho a la objeción de conciencia ya que, mientras una
Compartir
76Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 2005, CSJN Fallos: 328:2968
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-2968¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 328 Volumen: 3 en el número: 122 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
