jerarquía inferior a nuestra Ley Fundamental, aspecto que fue reafirmado por la Convención Nacional Constituyente en 1994 al sancionar el art. 75, inc. 22, en su actual redacción, consagrándose así en el propio texto de la Constitución tal principio así como también, de manera expresa, la jerarquía constitucional delos tratadosinternacionales sobre der echos humanos (Votodela Dra. Elena |. Highton de Nolasco).
DELITOS DE LESA HUMANIDAD.
Las leyes 23.492 y 23.521 aparecen en pugna tanto con el derecho internacional de los der echos humanos que forma partedenuestra Constitución Nacional cuanto delas normas de nuestro orden interno, por lo tanto, el Congreso Nacional no se encontraba habilitado para dictarlas y al hacerlo ha originado un sistema de impunidad con relación a delitos considerados como crímenes de lesa humanidad, del que se deriva la posibilidad cierta y concreta de generar responsabilidad internacional para el Estado argentino (Voto de la Dra. Elena |. Highton de Nolasco).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.
Lasleyes 23.492 y 23.521 son violatorias del principio de igualdad antelaley, ya que aparejan un tratamiento procesal de excepción para los sujetos amparados y, de manera simultánea, privan a las víctimas de los hechos, o a sus deudos, de la posibilidad de acudir ala justicia para reclamar el enjuiciamiento y punición de los autores de los actos ilícitos que los damnifican (Voto de la Dra. Elena |.
Highton de Nolasco).
DELITOS DE LESA HUMANIDAD.
Al momento de su sanción, en tanto las leyes 23.492 y 23.521 tenían por efecto liso y llano impedir las investigaciones tendientes a determinar la responsabilidad individual por la comisión de graves delitos cometidos durante la vigencia del gobierno de facto instaurado el 24 de marzo de 1976, y su punición respecto de los autor es, encubridores y cómplices, resultaban a todas luces violatorias de la Convención Americana sobr e Derechos Humanos, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y de la Convención contrala Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degr adantes (Voto de la Dra. Elena |. Highton de Nolasco).
DELITOS DE LESA HUMANIDAD.
Al analizar las opiniones vertidas por los órganos interpretativos de las convenciones sobre derechos humanos, en particular en loque atañea temas tales como prescripción, amnistía y obediencia debida, resulta palmario quelas leyes 23.492 y 23.521, que apuntaban a procurar la impunidad de los hechos en ellas contemplados, tenían vicios originarios por su grave infracción al derecho internacional de los derechos humanos (Voto de la Dra. Elena |. Highton de Nolasco).
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:2082
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