—VI-
Por lo expuesto, y los demás fundamentos vertidos por el señor Fiscal General, mantengo la presente queja. Buenos Aires, 22 de diciembre de 2003. Nicolás Eduardo Becerra.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de junio de 2005.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el fiscal general ante la Cámara Nacional de Casación Penal a cargo de la Fiscalía N° 2enlacausa Jurevich, Carlos Alberto s/ causa N° 3411", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1°) Que contra la resolución de la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal que declaró la nulidad del requerimiento fiscal de instrucción y de todos los actos procesales practicados en consecuencia, y apartó al titular a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N ° 7 dela ciudad de Buenos Aires, el fiscal general de cámara interpuso recurso extraordinario federal que le fue denegado y motivó la queja en examen.
2) Queen la causa 9772/98 os oficiales dela Pdlicía Federal, Carlos Alberto Jurevich y Fernando Pinzzeta Martínez fueron procesados, sin prisión preventiva, por la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, falsedad ideológica de instrumento público y falso testimonio agravado reiterado. Se les imputa haber "armado" una situación delictiva que permitió detener y mantener privados de la libertad a Leonardo Esquivel y Ramón Acevedo durante catorce días, luego de los cuales resultaron sobreseídos y los oficiales policiales denunciados.
El procesamiento fue apelado ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal dela Capital Federal
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1880
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